La Defensoría Nacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes interpuso una acción de amparo colectivo en favor de niñas, niños y adolescentes de pueblos indígenas de los departamentos de Rivadavia, Orán y San Martín, para que se aseguren sus derechos a la vida y a un nivel de vida adecuado, a la salud, a la alimentación, al agua segura y el acceso a la justicia. Desde IED creemos fundamental que el Poder Judicial conceda la medida cautelar solicitada en la causa.
A casi dos años de la declaración de la emergencia sociosanitaria, la situación de grave vulnerabilidad estructural respecto a la niñez indígena en estos territorios persiste. Tal como relata la acción interpuesta por la Defensoría, pese a las acciones realizadas por el Estado provincial, «Para el segundo trimestre de 2021, encontramos que entre los niños y niñas de 0 a 5 años que habitan en la Zona Sanitaria Norte -a la cual pertenecen los tres departamentos que nos ocupan- 7543 tiene riesgo nutricional...».
El amparo referido establece de forma clara el déficit de acceso al agua potable dado que, pese a las obras inconclusas y proyectadas, aún se requerirían al menos 40 nuevos pozos para cubrir las necesidades de abastecimiento de agua de las comunidades de la zona. Así, la Defensoría determina que «No está garantizado el acceso a agua segura para las comunidades de referencia, escenario en el que, consecuentemente, resulta previsible que se registren nuevas muertes de niñas, niños y adolescentes de estas comunidades, por causas evitables«.
Desde el colectivo Infancia en Deuda venimos sosteniendo, a partir del testimonio de las comunidades de los territorios mencionados, que las acciones realizadas no han sido suficientes para abordar la situación crítica respecto al acceso a derechos básicos por parte de las niñeces. Además, exigimos la necesidad de la aplicación y reglamentación de la ley provincial de salud intercultural Nº 7856, que es clave para asegurar el acceso a la salud de forma eficiente para las comunidades.Por la situación descrita, y ante la falta de respuestas efectivas por parte del Ejecutivo Provincial, es fundamental que el Poder Judicial conceda la medida cautelar solicitada en la causa que exige garantizar la urgente provisión de agua segura, las medidas necesarias para asegurar la transitabilidad de los caminos y los mecanismos de asistencia a la salud de niñas y niños.